REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JUAN DE CAPISTRANO
JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN JUAN DE CAPISTRANO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI
BOCA DE UCHIRE
Boca de Uchire, 28 de junio de 2005
195º y 145º
Vista la anterior solicitud interpuesta por la ciudadana FRANCY ALEJANDRA RAMOS BOROTOCHE, en su carácter de madre del niño CESAR EDUARDO SANCHEZ RAMOS, en la que requiere que el ciudadano: CESAR AUGUSTO SANCHEZ SANTAMARIA, en su condición de progenitor del referido niño cumpla con la obligación alimentaria de éste, désele entrada de conformidad al artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se admite por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición legal y conforme a competencia atribuida en Resolución N° 1278, del 22 de agosto de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. Conforme dispone el artículo 514 ejusdem, se ordena citar al requerido en la dirección indicada en el acta que antecede, a los fines de que comparezca por ante la sede de este Tribunal a las 11:00 de la mañana, del tercer día de Despacho siguiente a su citación, a los fines de que dé contestación a la solicitud así mismo tenga lugar la conciliación entre las partes. Líbrese boleta de citación junto con orden de comparecencia, a los fines de la citación del demandado. Notifíquese al Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial.
El Juez Temporal,
Abog. Juan Carlos Varela Ramos.
La Secretaria,
Abog. María G. Correia
Exp. PNA.2005-136
MGC-bz