REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO JUAN ANTONIO SOTILLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI.-
Puerto la Cruz, quince (15) de junio de dos mil cinco (2005).

195° y 146°


Vista la transacción judicial efectuada en fecha 14 de Junio de 2005, por el ciudadano SALAZAR JUAN, asistido por su apoderada judicial abogada FRANCISCA LUNAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11.334, y por el abogado RAMÓN SARMIENTO, con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada TECSER INGENIERÍA, C.A., en el presente Juicio de Calificación de Despido, interpuesto por el (a) ciudadano (a) JUAN SALAZAR contra la empresa TECSER INGENIERÍA, C.A., y P.D.V.S.A. PETRÓLEO, S.A., este Tribunal homologa en todas y cada una de sus partes dicha transacción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89 Ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia da por terminado el presente procedimiento y, ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ TEMPORAL
MARIELA DEL VALLE NARVÁEZ SANTIL


LA SECRETARIA

ADA MAITA MATUTE





MNS/dgra
Exp. N° 073-2003