ACTA
N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2005-000168
PARTE ACTORA: José Gregorio Riera Moreno
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:
PARTE DEMANDADA: Construcciones y Mantenimientos Pagnucco, C.A.(Comanpa, C.A.)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SANDRO MARTÍNEZ
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL
ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
A las 11:44 a.m. del día hábil de hoy lunes trece (13) de junio de dos mil cinco, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar las 11:00 a.m., pero por retrasos en la celebración de la audiencia anterior, se instala en esta oportunidad, en el presente juicio que por Enfermedad Profesional intentó el ciudadano JOSÉ GREGORIO RIERA MORENO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 10.063.397, en contra de la sociedad mercantil CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS PAGNUCCO, C.A. (COMANPA, C.A.), se deja expresa constancia que compareció únicamente el apoderado judicial de la parte demandada CONSTRUCCIONES Y MANTENIMIENTOS PAGNUCCO, C.A. (COMANPA, C.A.), abogado en ejercicio SANDRO MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 9.248.900, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N º 49.098, quien consignó poder en original y se ordenó su certificación y devolución en dos (2) folios útiles; mientras que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, a pesar del llamado del Alguacil en las puertas del tribunal a la hora de la celebración (11:00 a.m.), por lo que, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
El Juez Temporal
Abg. Unaldo José Atencio Romero
La Secretaria
Abg. Maryedith Hernández
El apoderado de la demandada
Siendo las 11:55 a.m. se publicó la anterior decisión, se hicieron las certificaciones correspondientes y se registró la decisión en el copiador respectivo. Conste
UJAR/ ua
BP12-L-2005-000168
La Secretaria
Abg. Maryedith Hernández
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