ACTA
N° DE EXPEDIENTE: BP12-L-2005-000006
PARTE ACTORA: Silverio José Bermúdez Vásquez
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JOSE LEOTAUD y JOSÉ RODRIGUEZ
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE ENIO, C.A. (TECA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Juan Vicente Cabrera
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
ACTA DE DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO
A las 12:04 p.m. del día hábil de hoy jueves dieciséis (16) de junio de dos mil cinco, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar las 12:00 del mediodía, en el juicio con motivo de la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano SILVERIO JOSÉ BERMUDEZ VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 10.196.948, en contra de la sociedad mercantil TRANSPORTE ENIO, C.A. (TECA), inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N º 59, Tomo “A”, de fecha 4 de marzo de 1981; compareció únicamente a la audiencia preliminar el abogado en ejercicio JUAN VICENTE CABRERA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N º 26.613, actuando con el carácter de apoderado judicial de la demandada según se desprende de poder autenticado que corre a los folios 17 y 18 del expediente. El tribunal deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado, a pesar del llamado del Alguacil del Circuito Judicial en las puertas del tribunal a la hora fijada para la celebración (12 del mediodía), por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
El Juez Temporal
Abg. Unaldo José Atencio Romero
El apoderado de la demandada
La Secretaria
Abg. Maryedith Hernández
En la misma fecha, siendo las 12:15 p.m. se dictó sentencia oral en forma de acta y se hicieron las certificaciones para el copiador respectivo. Conste.
La Secretaria
Abg. Maryedith Hernández
UJAR/ua
ASUNTO: BP12-L-2005-000006
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