Vista la diligencia interpuesta, por el Abogado Nestor Castro Bauza, apoderado judicial de la parte accionante, mediante la cual DESISTE del procedimiento de amparo constitucional que ejerciera contra la Gobernación del Estado Anzoátegui; en consecuencia, este Tribunal, visto el anterior planteamiento, HOMOLOGA el desistimiento de la acción, por no ser contrario a derecho y ordena remitir el presente expediente al archivo judicial.
Pronunciamiento que formula este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. Déjese copia certificada.
El Juez Provisorio,
Abog. Antonio Marcano Campos.
La Secretaria,
Abog. Mariela Trías Zerpa.
|