REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 7 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2005-000522
ASUNTO : BP01-S-2005-000522

Visto el escrito de fecha 20-01-05, presentado por la ciudadana ARELIS DEL VALLE PRESILLA, asistida de Abogado, en virtud del cual solicita la entrega del vehículo Marca Hyundai, modelo Accent, tipo Sedan, placas BAX-521, Año 2002, color rojo, serial de carrocería 8X1VF21LP2Y000260, serial del motor G4EH1037296, este Tribunal a los fines de decidir, Observa:

PRIMERO
Riela al folio 2, denuncia, de fecha 03-12-2004, presentada por la ciudadana ARELIS DEL VALLE PRESILLA BRUZUAL, entre otras cosas dice: "Comparezco por ante este Despacho, con la finalidad de denunciar, eran las dos y media de la mañana aproximadamente del día de hoy, cuando veníamos de una fiesta de la Compañía donde trabajo, la misma era en el Restaurant "Patio Colonial", del Sector los Cerezos...cuando fuimos interceptados por una camioneta Cherokee, color verde oliva, de allí se bajaron cuatros sujetos desconocidos, portando armas de fuego, me despojaron de mi vehículo Hyundai Accent....asimismo a mis amigos y a mi nos quitaron las carteras con los documentos personales, celulares, relojes....etc.-
Riela al folio 10 (Acta Policial de fecha 09-12-2004 del Instituto Autónomo de la Policial del Estado Anzoátegui, Zona N° 1), que dice:"Realizaba labores de patrullaje en momentos de desplazarnos por la Urbanización El Frío, se logró la recuperación de un vehículo con las siguientes características; Marca Hyundai, modelo Accent, tipo Sedan, placas BAX-521, Año 2002, color rojo, serial de carrocería 8X1VF21LP2Y000260, serial del motor G4EH1037296,el cual se encuentra requerido por el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas de Puerto la Cruz.-
Consta en las actuaciones factura por 4.001.004, de la Empresa Auto de Mundo, S.A. en la cual se le vende a la Solicitante ARELIS DEL VALLE PRESILLA BRUZUAL.-
El Ministerio Público, si bien es cierto, niega la entrega por las razones legales que se sustentan, en que la solicitante no presentó el titulo de propiedad o registro emanado del MINFRA, la denuncia, la factura y el Acta Policial son indicios que le permiten a este Tribunal estimar que es la presunta propietaria del vehículo solicitado, aunado al hecho de no existir algún otro solicitante que le reclame la propiedad del bien, el mismo puede entregársele en calidad de guarda y custodia, y así se decide.-

RESOLUCION:

Por todo lo anterior expuesto, este Tribunal de Control N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, RESUELVE LA ENTREGA, en calidad de Guarda y Custodia del vehículo Marca Hyundai, modelo Accent, tipo Sedan, placas BAX-521, Año 2002, color rojo, serial de carrocería 8X1VF21LP2Y000260, serial del motor G4EH1037296, a la ciudadana ARELIS DEL VALLE PRESILLA, Titular de la Cédula de Identidad Personal N° 11.903.808, con la obligación de presentarlo a las autoridades, las veces que se lea requerido, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese y Líbrese oficio al Estacionamiento "Grúas Anzoátegui", en Pozuelos. Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL N° 01,

DR. JOSÉ LUIS ARRIOJAS
LA SECRETARIA,

ABG. ANA CECILIA VALERIO
JLA/.-