REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-014971
ASUNTO : BP01-S-2004-014971
Vista la solicitud presentada por el Dr. RICARDO MAITA LEON, en su carácter de Fiscal Décimo Sexto del MInisterio Püblico de éste Estado, mediante la cual pide a éste Despacho se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano ELIXA KATIUSKA SOSA CAMACHO, número de pasaporte 10581968012, por el delito de Explotación Sexual, previsto y sancionado en el artículo 258 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, cometido en perjuicio de JENNY PEREZ SOLORZANO y CLEOTILDE MILIENA GRACIA; todo de conformidad con lo pautado en el numeral 4 del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal; éste Tribunal de Control Nro. 02 para decidir observa:
Se desprende del Acta Policial de fecha 12-11-04, suscrita por el funcionario Carlos González, adscrito a la Policía del Municipio Sotillo de éste Estado, que cuando se desplazaban por la Calle Sucre, Avenida 5 de Julio, observaron varias femeninas en la Plaza Bolívar, que trabajaban como dama de compañía y al ser entrevistadas, éstas manifestaron que su representante era la ciudadana ELIXA KATIUSKA SOSA CAMACHO, por lo que practicaron su detención, por presuntamente explotar sexualmente a las adolescentes; ahora bién, de las actas de entrevistas de las adolescentes JENNY PEREZ SOLORZANO y CLEOTILDE MILIENA GRACIA, se evidencia que las mismas se encontraban en la Plaza Bolívar, llegaron unos funcionarios y las montaron llevándoselas detenidas, mas no afirman que la imputada de autos explota sexualmente de ellas, tal y como lo hicieron constar en el acta policial los funcionarios actuantes; por lo que a criterio de ésta Instancia Penal, no existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación; no habiendo bases para que el Ministerio Público solicite el enjuiciamineto de la imputada de autos, lo ajustado a derecho es decretar el Sobreseimiento de la causa conforme al artículo 318, numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal; declarándose con lugar la solicitud Fiscal y así se decide.
DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzóategui, con funciones de Control Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la Répública Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: Con Lugar la solicitud presentada por el Dr. RICARDO MAITA LEON, en su carácter de Fiscal Décimo Sexto del MInisterio Püblico de éste Estado; en consecuencia, conforme al artículo 318, ordinal 4 del Código Orgánico Procesal Penal, se decrete el Sobreseimiento de la causa a favor del ciudadano ELIXA KATIUSKA SOSA CAMACHO, número de pasaporte 10581968012, por el delito de Explotación Sexual, previsto y sancionado en el artículo 258 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, cometido en perjuicio de JENNY PEREZ SOLORZANO y CLEOTILDE MILIENA GRACIA; decisión ésta que una vez definitivamente firme, pondrá término al procedimiento, con el carácter de Cosa Juzgada, haciendo cesar las Medidas Cautelares otorgadas en fecha 15-11-04. Remítase oficio a la Oficina de Alguacilazgo partcipando lo conducente. Regístrese. Notifiquese a las partes.
EL JUEZ DE CONTROL Nro: 02. LA SECRETARIA.
Dr. JOSE FRANCISCO MOLINA. Abg. FRANCIS SANCHEZ.