REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 22 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-016866
ASUNTO : BP01-S-2004-016866

Por recibido el escrito presentado por el ciudadano, ALEXIS RAMON THOMAS MARVAL, en su condición de Apoderado Judicial de la ciudadana OMAIRA JOSEFINA TAYUPO, Titular de la C.I. N° V-8.229.005, mediante el cual solicita la entrega material del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO BLAZER, AÑO 1998, COLOR VERDE, TIPO SPORT WAGON, PLACAS FAH-71R, USO PARTICULAR, SERIAL CARROCERÍA 8ZNCS13WXWV326188, SERIAL MOTOR WV326188, conforme al Artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal a los fines de decidir sobre el pedimento interpuesto observa:

En fecha 31 de Diciembre del 2004, la Fiscalía Sexta del Ministerio Público del Estado Anzoátegui, puso a disposición de este Despacho, al ciudadano ALEXIS RAMON THOMAS MARVAL, por la comisión de uno de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DEL ROBO DE VEHICULO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor.
Al folio 2, 3, y 4, cursa Acta de Investigación Penal, suscrita por el funcionario Inspector Manzanilla Antonio, adscrito a la Sub Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científica Penales y Criminalísticas de Puerto La Cruz, mediante la cual deja constancia entre otras cosas de lo siguiente:" Encontrándome en labores de investigaciones de vehículos ... en labores Operativo Especial Navidad Puerto Seguro 2004, ... en momento que nos desplazábamos por el Barrio El Pensil, Calle Nueva, avistamos un vehículo con las siguientes características: Marca CHEVROLET, Modelo BLAZER, Año 98, Color VERDE, Placas FAH-71R, tripulado por una persona del sexo masculino, quien al notar la presencia de la comisión se tornó nervioso y realizó varias maniobras de conducción ... procedimos a darle la voz de alto, ... quedando identificado THOMAS MARVAL ALEXIS RAMON, quien nos hizo entrega de la copia fotostática de un documento Compra Venta de una camioneta ... a favor de OMAIRA JOSEFINA TAYUPO ... se procedió a verificar los seriales identificativos, indicando que el vehículo presenta irregularidad en los seriales, motivo por el cual se procedió a trasladar el procedimiento hasta la sede de este Despacho ... "
A los folios ( 15 al 20) de la presente causa, cursa Acta de Entrevista rendida ante este Tribunal en función de Control, por el ciudadano: ALEXIS RAFAEL THOMAS MARVAL, quien entre otras cosas expuso:" ... la esposa mía me llamó que estaban unos funcionarios afuera de la casa estaban preguntando por el dueño del vehículo ... yo les dije que el vehículo era mío, me pidieron los documentos y en eso la radiaron ... y ellos se fueron en la camioneta y a mi me montaron en una patrulla, cuando llegamos al Comando los funcionarios me dijeron que la camioneta tenía los seriales malos ... me dijeron que la camioneta se iba a quedar retenida y me dijeron que a mi me iban a soltar mañana ..."

Ahora bien, analizadas como han sido las actuaciones y en virtud de que el ciudadano ALEXIS RAMON THOMAS MARVAL, se ha dirigido en varias oportunidades ante este Tribunal de Control como solicitante del vehículos cuestionado, es criterio de este Juzgador que no es posible la devolución o entrega material del objeto solicitado, cuando la individualización no ha podido ser determinada, en consecuencia y a los fines de una sana Administración de Justicia, se acuerda NEGAR LA ENTREGA MATERIAL del Vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO BLAZER, AÑO 1998, COLOR VERDE, TIPO SPORT WAGON, PLACAS FAH-71R, USO PARTICULAR, SERIAL CARROCERÍA 8ZNCS13WXWV326188, SERIAL MOTOR WV326188, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. y ORDENA de conformidad con el Artículo 237 Ejusdem practicar Experticia de Seriales y Avalúo Real al vehículo descrito, a los fines de determinar si existe alguna irregularidad. Se comisiona para la práctica de dicha diligencia a funcionarios expertos adscritos al Comando Regional N° 07, Destacamento N° 75 de la Guardia Nacional de Puerto La Cruz del Estado Anzoátegui.

Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: NEGAR LA ENTREGA MATERIAL del vehículo MARCA CHEVROLET, MODELO BLAZER, AÑO 1998, COLOR VERDE, TIPO SPORT WAGON, PLACAS FAH-71R, USO PARTICULAR, SERIAL CARROCERÍA 8ZNCS13WXWV326188, SERIAL MOTOR WV326188, al ciudadano ALEXIS RAMON THOMAS MARVAL, hasta tanto se reciba los resultados de la Experticia ordenada. Todo de conformidad con los Artículos 311 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Líbrese el respectivo Oficio. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N° 06

DR. ANWAR ROMHAIN MARIN

LA SECRETARIA

ONEIMAR ROJAS

gisela