REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2004-003597
ASUNTO : BP01-P-2004-000485

Visto el Oficio N° 308-05, procedente del Instituto Autónomo de Policía del Estado Anzoátegui, mediante el cual el Ciudadano Director de ese Instituto; Mayor (GN) Robert Aranguren solicita a este Tribunal el traslado del Acusado ONORIO ABREU MEJIAS, Titular de la Cédula de Identidad N° V-10.078.399 al Centro Penitenciario José Antonio Anzoátegui, debido a que actualmente en ese retén existe una población Penal de un total de 82 detenidos, siendo la capacidad máxima para albergar de 50 presonas, aunado a la problemática de deterioro de la infraestructura, situación que conlleva a la incorfomidad por parte de los mismos detenidos en virtud de las condiciones infrahumanas en que son albergados, lo que puede generar hechos de violencia que representa un peligro inminente para la población penal, los visitantes y los funcionarios que allí realizan sus guardias; en consecuencia ete Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui ACUERDA: El traslado del Acusado ONORIO ABREU MEJIAS al Internado José Antonio Anzoátegui de esta Ciudad. Líbrese Boleta de Notificación a la Defensa. Oficiese. Líbrese la respectiva boleta de Encarcelación. Es todo. Cúmplase.-
LA JUEZ DE JUICIO N° 01

DRA. GIOVANNA SONIA LEOPARDI
LA SECRETARIA

ABOG. NEREIDA REYES