REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-1999-001250
ASUNTO : BP01-P-1999-001250
Vista la presente causa, se observa que ha quedado definitivamente firme la Sentencia dictada en fecha 30-10-1997, por el Tribunal Accidental del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Penal de la Circuncipción Judicial del Estado Anzoàtegui, mediante la cual CONDENO al ciudadano: ALFREDO MANUEL ALVAREZ, titular de la cèdula de identidad Nº 8.315.718, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISION, por la comisiòn del delito de HURTO CALIFICADO, penado en el artìculo 455 ordinal 4º del Còdigo Penal. En consecuencia: Ejecùtese y archìvese la mencionada sentencia. Hàgase el còmputo de conformidad con lo establecido en el artìculo 475 del Còdigo Orgànico Procesal Penal, concatenado con el artìculo 477 Ejusdem.
Ahora bien, el penado: ALFREDO MANUEL ALVAREZ, fuè detenido en fecha 13-05-1996, y puesto en libertad en fecha 18-04-97, evidenciandose que permaneciò detenido un tiempo igual a ONCE (11) MESES Y CINCO (5) DIAS, y condenado como ha sido a cumplir la pena de (4) AÑOS DE PRISION, al mismo le falta por cumplir una pena de TRES (3) AÑOS y VEINTICINCO (25) DIAS DE PRISION, por lo que en consecuencia se ordena su inmediato ingreso al Internado Judicial de esta ciudad, donde permanecerà recluìdo a la orden de este Tribunal. Lìbrese oficio a la Divisiòn de Captura del Cuerpo Tècnico de Policìa Judicial Barcelona, Puerto La Cruz y Caracas, remitiendole anexo Boleta de Encarcelaciòn y Orden de Captura. Notifìquese al Ministerio del Interior y Justicia, Direcciòn de Custodia al Recluso, Divisiòn de Antecedentes Penales, a quien ademàs se le remitirà copia de la sentencia y auto de ejecuciòn.
Notifìquese al ciudadano Fiscal Dècimo del Ministerio Pùblico, Dr. JOSE LUIS AZUAJE BENITEZ; y a su defensor Dra. NELIDA BASILE DRIJA, Defensora Pùblica Penal.
LA JUEZ DE EJECUCION Nº 01,
DRA. HILDA ZAMORA ALVAREZ
LA SECRETARIA,
ABG. ANA LUCILA ACOSTA
HZA/datsy