REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 14 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-S-2003-006229
ASUNTO : BP01-P-2003-000558


Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada en fecha 18-02-2005, por el Tribunal de Juicio N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual Decreta Sentencia Absolutoria de la causa a favor del ciudadano HITLEL ADOLFO VASQUEZ VELIZ, por la comisiòn del delito de POSESION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artìculo 36 de la Ley Orgànica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotròpicas y Sobreseimiento, de conformidad con lo establecido en los artículos 267 en concordancia con el Segundo Aparte del artículo 368, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial PEnal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA LA SENTENCIA ABSOLUTORIA, dictada en la causa seguida a los ciudadanos HITLEL ADOLFO VASQUEZ VELIZ, venezolano, natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, donde naciò en fecha 24-10-1978, soltero, portador de la cèdula de identidad 13.783.400, de profesión u oficio chofer, hijo de ISOLINA MARGARITA VELIZ MARCANO (v) y JOSE FRANCISCO VASQUEZ , domiciliado en la vereda 26, casa N° 10, sector III, Barcelona, Estado Anzoàtegui. Oficíese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores, a la División del Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas, (SIPOL), Delegación Caracas, Puerto la Cruz y Barcelona, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pesen sobre el mencionado ciudadano. Igualmente remítase la presente causa en su forma original a los archivos judicial del Estado, a los fines de su cuido y archivo. Notifiquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, a la Dra. MARIA Eugenia Murillo, Defensora Pùblica Penal del Estado Anzoàtegui, y al ciudadano HITLEL ADOLFO VASQUEZ VELIZ.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 2

DR.JOSÉ DELFIN CARRILLO GARCIA

LA SECRETARIA

ABOG. YENIFER GOMEZ




JDCG/carmen