REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 21 de Marzo de 2005
194º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-2004-001083
ASUNTO : BP01-P-2004-001083


Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada en fecha 03 de Marzo de 2005, por el Tribunal de Control Nº 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, mediante la cual decretó EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: JEAN CARLOS FREITES BLANCO, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 16.068.320, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 11-10-1981, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Comerciante, hijo de los ciudadanos NELSON FREITES Y MARTHA BLANCO ambos vivos, residenciado en: Calle Guzman Lander, casa S/N, Barrio Guzman Lander, al Frente Aeroca, a dos cuadras de una Panaderia, Barcelona, Estado Anzoátegui; de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinales 1º y 4º del Código Orgánico Procesal Penal, respecto al delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes Psicotrópicas. En consecuencia este Tribunal N° 02 de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JEAN CARLOS FREITES BLANCO, en relación a la presente causa. Ofíciese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores; igualmente remítase la presente causa en su forma original al Archivo Judicial de este Estado en su oportunidad legal, a los fines de su cuido y archivo.
Notifíquese al Fiscal Primero de Ejecución y Sentencia del Ministerio Público de este Estado, Dr. JOSÉ LUIS AZUAJE, al Defensor de Confianza, DR. LUIS BEJARANO y al ciudadano JEAN CARLOS FREITES BLANCO. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCIÓN N° 02,

DR. JOSE DELFIN CARRILLO GARCIA

LA SECRETARIA,

ABOG. JENNIFER GOMEZ
JDCG/datsy.-