REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2004-000146
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por el ciudadano NELSON JOSE ARAUJO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.453.361, domiciliado en San José de Guanipa, Municipio San José de Guanipa del Estado Anzoátegui, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ELIS ZAMORA, Inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 71.976, en la cual manifiesta su deseo de que se le acredite la propiedad y Posesión sobre unas bienhechurías constantes de: Un tanque de bloque frisado y pintado para almacenaje de agua, el cual mide seis (06) metros, por seis (06) metros, por un (1) metro de altura, con sus respectivas tuberías, un galpón con estructuras de hierro y techo de zinc, piso de cemento, con una superficie de 7 metros por 12 metros, un pozo séptico, árboles frutales: Mango, Limón, Naranja, Lechosa, Yuca, etc., deforestadas, totalmente cercada con estantillos de madera y alambre de púas, construidas en un lote de Terreno pertenecientes al Instituto Nacional de Tierras (INTI) el cual mide 7.54 héctareas aproximadamente, el cual le fue adjudicado y registrado según constancia de Registro Agrario N° 00031301000061, de fecha 27 de Mayo de 2.003, ubicado en el Asentamiento campesino Mesa de Guanipa, Sabana de Chaparral, sector Guico, Parroquia Cantaura, Municipio Pedro Maria Freites del estado Anzoátegui; y comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Trilla de P.D.V.S.A; SUR: Fundo Don Antonio; ESTE: Fundo San Antonio; y OESTE: Funddo mi F.; vistas asimismo las declaraciones rendidas por los ciudadanos ALEXIS SEBERIANO MAITA y CARMEN CELESTE CAMPOS SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° V-8.210.704 y V-7.553.928, respectivamente, quienes comparecieron por ante este Juzgado en fecha 19 de Enero de 2.005, y bajo juramento manifestaron que conocen desde hace muchos años al solicitante NELSON JOSE ARAUJO GONZALEZ; Que les consta que el ciudadano NELSON JOSE ARAUJO GONZALEZ, es ligitimo propietario y poseedor de unas bienhechurías, las cuales ha fomentado sobre un lote de terreno propiedad del INTI, el cual mide 7,54 héctareas aproximadamente, denominado FUNDO ALEGRIA, dichas bienhechrías las ha construido con dinero de su propio peculio"; Que les consta que dichas biemhecurías tienen un valor aproximado de Tres Millones de Bolivares (Bs. 3.000.000,00)"; Que les consta que el precitado ciudadano ha venido poseyendo dicho inmueble de una menera pública, pacífica, sin interrupciones en el disfrute de sus derechos y con animo de dueño; vista igualmente la Carta Agraria otorgada por el Instituto Nacional de Tierras con sede en la ciudad de Cantaura, Municipio Freites del Estado Anzoátegui; y demás especificaciones que constan en el justificativo que se acompaña, este Tribunal, por cuanto no ha habido oposición de terceros, procediéndo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Suficiente TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD Y POSESIÓN sobre las bienhechurías en referencia, a favor del ciudadano NELSON JOSE ARAUJO GONZALEZ, antes identificado, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejando en todo caso a salvo los derechos de Terceros.- Devuélvanse las presentes actuaciones originales a la parte interesada.-
EL JUEZ TEMP.,
HENRY AGOBIAN VIETTRI
LA SECRETARIA,
JORGYMAR PUMAR SUNIAGA