Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de marzo de dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO : BP02-F-2005-000015

Vista la diligencia de fecha 21 de marzo de 2005, suscrita por la ciudadana YAMILET DEL VALLE QUINTANA VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.424.992, en su carácter de parte actora en el presente juicio, asistida por la abogado en ejercicio TIBISAY BELLORIN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 64.088, mediante la cual desiste del presente procedimiento; así mismo solicita le sean devueltos los documentos originales cursantes a los autos; éste Tribunal, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, en los mismos términos y condiciones expresados en dicha diligencia, ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa Juzgada, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se ordena el desglose de los originales cursantes a los autos, previa su certificación en autos. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.
EL JUEZ TEMPORAL,

HENRY AGOBIAN VIETTRI

LA SECRETARIA,


JORGYMAR PUMAR SUNAIGA

HAV/mm