REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BH02-F-1983-000003
Se contrae la presente causa al juicio de DIVORCIO intentada por la ciudadana GARDENIA COROMOTO FARIAS DE HERNÁNDEZ en contra del ciudadano ENIO FRANCISCO HERNÁNDEZ ACOSTA, desde el día 31 de agosto de 1.983, fecha en la cual este Juzgado recibió informe presentado por el Instituto Nacional del Menor, hasta la presente fecha no se le ha dado el impulso procesal a la presente causa, en tal sentido, el Tribunal observa:
Dispone el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil: “Toda Instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...”
Ahora bien, en el presente juicio, desde el día 31 de agosto de 1.983, fecha en la cual se estampó la última actuación, hasta el día de hoy, ha transcurrido veintiun (21) años, seis (06) meses y siete (07) días, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el precitado artículo se consumó la perención de la Instancia en el presente proceso.-
En consecuencia este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara LA PERENCION de la Instancia en el presente proceso.- Así se decide.-
LA JUEZ PROVISORIO,
DRA. IDA TINEO DE MATA
LA SECRETARIA,
DRA. MIRLA MATA ROJAS
En esta misma fecha se dictó y publicó sentencia siendo las 11:18 a.m.- Conste,
LA SECRETARIA,