REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-000446
Vista la anterior solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos y los anexos que le acompañan, presentada por la ciudadana JOCELINE VIENS, quien es Canadiense, mayor de edad, portadora de Pasaporte Nro. JF379036, asistida por los abogados MANUEL J GARCIA R. y MANUELA SIMAO A., inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 80.547 y 86.985, mediante la cual solicita sea declarada Única y Universal Heredera, del ciudadano JEAN MARC JOSEPH LUCIEN MARCEL VIENS, quien era canadiense, mayor de edad, titular del Pasaporte Nro. RK 217609, fallecido Ab-intestato el día veinte (20) de Noviembre de dos mil cinco (2.005), en Saint Charles Borromé de Canadá.-
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados a la solicitud y las declaraciones de los testigos, ciudadanos JORGE BARSABAS OTERO VALERO y ADELIS RUBEN DIAZ, plenamente identificados en sus declaraciones hechas por antes este Juzgado en fecha 07 de Marzo de 2.005; los cuales quedaron contestes en afirmar todos y cada uno de los particulares relativos a la solicitud, es por lo que este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarles su condición de ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del “de cujus”, JEAN MARC JOSEPH LUCIEN MARCEL VIENS a la ciudadana JOCELYNE VIENS, anteriormente identificada, en su condición de esposa, del “de cujus” antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.-Devuélvanse estas actuaciones originales al interesado y déjese nota en el Libro correspondiente que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
El Juez Temporal.,
Abog. Luis Alberto Rivas Silva.- La Secretaria Acc.,
Berley Rondon Villa.-