Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, treinta de marzo de dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO : BH04-V-2003-000090
Vista la diligencia que antecede, suscrita en fecha 14 de Marzo de 2.005, por las Abogadas CLARA MARTTINEZ y ESMERALDA CALMA, en sus carácter de autos, en donde desiste de la presente Apelación en el procedimiento por DESALOJO, incoada por el ciudadano AMIN BOU GUANNAM en contra del ciudadano JEAN BIMARDJI MAJO, plenamente identificados en autos, el Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO.- Se da por terminado el presente recurso y se ordena remitir el presente expediente al Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.- Librese oficio, y así se decide.-
El Juez Temporal.,

Dr. Luis Alberto Rivas Silva.-
La Secretaria Acc.,

Berley Rondon.-