REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de marzo de dos mil cinco
194º y 145º
ASUNTO : BP02-L-2004-001109
Visto el escrito presentado en fecha siete (07) de marzo de dos mil cinco (2005), por el ciudadano RAFFAELE BOTTARO DI GRANDI, titular de la cédula de identidad N° 8.495.129, actuando en Representación de la empresa demandada PANADERIA LA TIRANTELA 23, C.A, debidamente asistido por la Abogada RAIZA LOPEZ DE SANTIAGO, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 42.088, por una parte, y por la otra, la Abogada ARBEL MONTEVERDE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 61.350, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana GLORIA RODRIGUEZ ARTEAGA, titular de la cédula de identidad Nro. 13.955.704, parte actora, contentivo de Transacción. Y visto asimismo la solicitud que se homologue dicha transacción; en consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. Asimismo, se da por terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los once (11) días de mes de marzo de dos mil cinco (2005), y así se decide.-
La Juez


Abg. Yissein López. La Secretaria


Abg. Romina Vacca.

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo acordado. Conste.-

La Secretaria

Abg. Romina Vacca
JL/RV/mr.-