REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de marzo de dos mil cinco
194º y 146º

ASUNTO : BP02-L-2004-001134


Visto el escrito presentado en fecha once (11) de marzo de dos mil cinco (2005), por los abogados en ejercicio JOHANNA RINCONES DI ROCCO y GERARDO SOTO DIAZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 66.548 y 72.731, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil CONSTRUCTORA HERMANOS FURLANETTO, C.A. (CONFURCA), por una parte, y por la otra, el abogado VICTOR MENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 100.724, en su carácter de apoderado judicial del actor, ciudadano LUIS BELTRAN CARRION, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. 8.335.255, contentivo de TRANSACCIÓN, y visto asímismo la solicitud de que se homologue dicha transacción y se ordene el archivo del expediente; este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. De igual manera da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los veintiocho (28) días del mes de marzo de dos mil cinco (2005), y así se decide.-
El Juez Suplente


Abg. Omar Martinez
La Secretaria Suplente


Abg. Lisbeth Betancourt.

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo acordado. Conste.-

La Secretaria Suplente

Abg. Lisbeth Betancourt
OM/LB/zb.