REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiocho de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2004-002124
Visto el escrito presentado en fecha veintiuno (21) de marzo de dos mil cinco (2005), por el abogado GERARDO SOTO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 72.731, en su carácter de Apoderado de la Sociedad Mercantil UNITED GOEDEKE SERVICES, por una parte, y por la otra, el ciudadano ROGER SANTANA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.863.203, asistido por el abogado en ejercicio RAMON GALINDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 80.778, contentivo de TRANSACCIÓN, del cual se puede leer, la renuncia expresa de ambas al lapso para el allanamiento del Juez. Y vista la solicitud de que se homologue la presente transacción; este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA la referida TRANSACCION, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. De igual manera da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los veintiocho (28) días del mes de marzo de dos mil cinco (2005), y así se decide.-
El Juez Suplente
Abg. Omar Martinez
La Secretaria Suplente
Abg. Lisbeth Betancourt.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo acordado. Conste.-
La Secretaria Suplente
Abg. Lisbeth Betancourt
OM/LB/zb.