REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-V-2005-000050.
Vistas las pruebas presentadas por la Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, Dra. Loryana Decena Ramirez, en representacion del niño Jesus Alejandro Fonten Gonzalez, identificado en autos, éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente, Sala de Juicio N°02, Estado Anzoátegui, las ADMITE a sustanciación salvo su apreciación en la definitiva. Asimismo se ordena la practica de un informe social en el hogar de habitación del niño Jesus Alejandro Fonten Gonzalez, comisionándose para tal fin al Equipo Técnico de este Tribunal. Igualmente se ordena oficiar al Departamento de Recursos Humanos de la empresa PASA, Estado Anzoátegui, a fin de que informe de manera detallada el sueldo que devenga el ciudadano Alexis Fonten, identificado en autos, incluyendo asignaciones, deducciones, el monto remunerado por guardias y horas extras, además los beneficios que perciben los hijos de los trabajadores de dicha empresa como son HCM y utiles escolares entre otros. Cúmplase.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°02.
DRA. ANA JACINTA DURAN.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.
LA SECRETARIA.
ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.
AJD/ZG.