REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-V-2005-000233
Por recibida la anterior solicitud de Guarda y Custodia, propuesta por la ciudadana Fiscal Decimo Quinto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abg. MARTY LOURDES FERREZ, actuando en representación de las niñas VIRGINIA CAROLINA y VERONICA ALEJANDRA MEZA GUZMAN, de (06) y (04) años de edad, respectivamente,. Désele entrada. Fórmese expediente. Cítese por medio de boleta a la ciudadana SHIRLEY CAROLINA GUZMAN HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.368.453, domiciliada en Barrio Bolivar, Calle Bolivar N° 27-10, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) de Despacho siguiente a su citacion, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a exponer todo lo que considere conveniente a la referida solicitud. Líbrese la correspondiente boleta de citacion y entreguésele al Alguacil de este tribunal a los fines de practique la citacion de la ciudadana SHIRLEY CAROLINA GUZMAN HERNANDEZ, quien se encuentran domiciliado en esa Jurisdicción. Librese boleta.Asimismo se acuerda practicar sendos Informes Sociales en el hogar de los ciudadanos SHIRLEY CAROLINA GUZMAN HERNANDEZ y MARTIN SAMUEL MEZA OSORIO. Asimismo practicar evaluaciones psicologicas a los ciudadanos SHIRLEY CAROLINA GUZMAN HERNANDEZ y MARTIN SAMUEL MEZA OSORIO y a la niña VIRGINIA CAROLINA MEZA GUZMAN a través del Especialista adscrito al Equipo Multidisciplinario de este Despacho.
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 01,

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.

LA SECRETARIA,


Abg. ODALIS MARIN MAITAN.

GSDG/ALICIA.

























REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-V-2005-000233
Por recibida la anterior solicitud de Guarda y Custodia, propuesta por la ciudadana Fiscal Decimo Quinto del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Abg. MARTY LOURDES FERREZ, actuando en representación de las niñas VIRGINIA CAROLINA y VERONICA ALEJANDRA MEZA GUZMAN, de (06) y (04) años de edad, respectivamente,. Désele entrada. Fórmese expediente. Cítese por medio de boleta a la ciudadana SHIRLEY CAROLINA GUZMAN HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.368.453, domiciliada en Barrio Bolivar, Calle Bolivar N° 27-10, Barcelona, Estado Anzoátegui, a los fines de que comparezca por ante este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 01, al tercer (3er) de Despacho siguiente a su citacion, a las diez de la mañana (10:00 a.m.), a exponer todo lo que considere conveniente a la referida solicitud. Líbrese la correspondiente boleta de citacion y entreguésele al Alguacil de este tribunal a los fines de practique la citacion de la ciudadana SHIRLEY CAROLINA GUZMAN HERNANDEZ, quien se encuentran domiciliado en esa Jurisdicción. Librese boleta.Asimismo se acuerda practicar sendos Informes Sociales en el hogar de los ciudadanos SHIRLEY CAROLINA GUZMAN HERNANDEZ y MARTIN SAMUEL MEZA OSORIO. Asimismo practicar evaluaciones psicologicas a los ciudadanos SHIRLEY CAROLINA GUZMAN HERNANDEZ y MARTIN SAMUEL MEZA OSORIO y a la niña VIRGINIA CAROLINA MEZA GUZMAN a través del Especialista adscrito al Equipo Multidisciplinario de este Despacho.
LA JUEZ UNIPERSONAL SALA N° 01,

DRA. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN.

LA SECRETARIA,


Abg. ODALIS MARIN MAITAN