REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintidós de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-000655
Vista la solicitud incoada por la ciudadana LISSETTE VALDIVIESO ROJAS, Venezolana, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° 10.353.923, domiciliada en Lechería, Estado Anzoátegui, actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos ANDREA ISABEL y DIEGO LUIS CHACON VALDIVIESO, de ocho (08) y cuatro (04) años de edad respectivamente, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio RAIZA LOPEZ DE SANTIAGO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 42.088, en el cual solicitan sean declarados UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano: FRADIQUE JAVIER CHACON SANCHEZ, fallecido Ab-Intestato el día 02-01-2005, y visto los recaudos acompañados a la solicitud, tales como originales de las Partidas de Nacimiento de los niños ANDREA ISABEL y DIEGO LUIS CHACON VALDIVIESO, original del Acta de Defunción del ciudadano: FRADIQUE JAVIER CHACON SANCHEZ, Original del Acta de matrimonio y las Declaraciones de los Testigos, ciudadanos: GISELA BASILE MOINO, SANDRA ELIANA AIDA ESCAURIZA LUNA y MARIELA ENRIQUETA RAMIREZ RUIZ, de fecha 21-03-2005, inserta a los folios Doce (12), trece (13) y catorce (14) del presente expediente y de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N° 02, en uso de sus Atribuciones Legales conferidas en el Artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y por Autoridad de la Ley, DECLARA las presentes actuaciones bastante para asegurarles a la ciudadana LISSETTE VALDIVIESO ROJAS, y a los niños ANDREA ISABEL y DIEGO LUIS CHACON VALDIVIESO, de ocho (08) y cuatro (04) años de edad respectivamente, viuda e hijos, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DEL DE CUJUS, quedando a salvo los derechos de terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales a los interesados.- Déjese copia en el libro diario que lleva este Tribunal.-
JUEZ UNIPERSONAL N° 02
DRA. ANA JACINTA DURAN
LA SECRETARIA
ABOG. MELISSA AZOCAR
AJD/ca.
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