REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, cuatro de marzo de dos mil cinco
194º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2004-002462

Definitivamente firme como ha quedado la anterior sentencia de Rectificación de Partida de Nacimiento dictada por ésta Sala de Juicio N° 01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, procedase a su ejecución, a los efectos de los artículos 502 y 774 del Código Civil, expídase copia certificada de la presente sentencia con inserción de la anterior diligencia y del presente auto. En consecuencia éste Tribunal acuerda hacer entrega de las copias certificadas de la mencionada sentencia y ordena remitir los oficios correspondientes a los organismos competentes a los fines legales consiguientes. Asimismo se acuerda la entrega de los documentos originales previa certificación en autos, el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial de éste Estado. Cúmplase.
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 01.


Dra. GLADYS SANCHEZ DE GUZMAN

LA SECRETARIA
Abg. ODALIS MARIN MAITAN