En el día de hoy nueve de Marzo de dos mil cinco, siendo las 11:20 AM, previa habilitación, se trasladó y se constituyó EL Tribunal en la sede de la Empresa Constructora Enilu C.A, ubicada en San José de Guanipa, Estado Anzoátegui, en compañía de la Ciudadana: Lilisbel Rodríguez, asistida por el abogado en Ejercicio Teodoro Gómez Rivas, con Inpreabogado bajo el número: 15.993, a los fines de prácticar una MEDIDA DE PARTICIPACION Y RETENCION, decretada por el Juzgado de Primera Instancia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Presente en el sitio la Ciudadana: María Luisa Ramos de Moya, V- 4.501.778, a quien el Tribunal le notificó el motivo de su misión. Seguidamente el Tribunal a los fines de darle cumplimiento a la presente comisión, participa a los Ciudadanos: María Luisa Ramos de Moya, anteriormente identificada, y a René José Prado, V- 15.716.123 y presentes en éste acto, que celebren una Asamblea General Extraordinaria de Accionistas, para que se incluya al Niño: Carlos Fernando Moya Rodríguez, como accionista de la Empresa Enilu, C.A, representada por su Madre la ciudadana: Lilisbel del Carmen Rodríguez, V- 11.657.739, igualmente se participa que deben realizar la Retención del Diez por Ciento ( 10% ) de la utilidades anuales en la Empresa Constructora Enilu, C.A, el cual le corresponde al Niño: Carlos Fernando Moya Rodríguez. Asímismo la retención del Diez por Ciento ( 10% ), del Monto Total de lo egresado por la Ciudadana: María Luisa Ramos, desde el día 20-02-2003, hasta la fecha del mismo día de hoy 09-03-2005. Seguidamente la notificada informa al Tribunal que la Asamblea se realizará el día 11-03-2005, a las 10:00 AM, en la Sede de la Empresa Enilu, C.A, es todo. Se terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ....., (HAY SELLO HUMADO Y FIRMA ILEGIBLE)


LOS NOTIFICADOS...., (FIRMAS ILEGIBLES)

LA PARTE ACTORA Y SU ABOGADO ASISTENTE........., ( FIRMA ILEGIBLE)

EL SECRETARIO.........., (FIRMA ILEGIBLE)