REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barcelona
Barcelona, 2 de Mayo de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL: BP01-P-2005-002048
ASUNTO: BP01-P-2005-002048
Visto el escrito presentado por la Dra. AMPARO SOSA MARIÑO, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público de este Estado, mediante el cual coloca ante este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en calidad de detenido al imputado ALBERTO RAFAEL QUINTANA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.299.952, Solicitando para el mismo LA LIBERTAD PLENA, por cuanto de la revisión de las actas policiales, se desprende que no existe comisión de delito alguno por tanto no existe conducta que se pueda encuadrar en algún tipo penal. Y oído como fue el imputado, debidamente asistido por su Defensora Pública Penal, Abogada. NELIDA BASILE, este Tribunal para decidir observa:
Oído como ha sido el planteamiento del Ministerio Público en relación a la presente causa en contra del ciudadano,, en virtud del cual solicita la Libertad plena, por no encontrar evidencia alguna de interés criminalístico en contra del mencionado ciudadano así como también el negar la comisión de algún hecho delictivo; es por lo que este TRIBUNAL EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA LA LIBERTAD PLENA a favor del ciudadano ALBERTO RAFAEL QUINTANA, de conformidad articulo 44 numeral 1ª,. Librese oficio a la Policía Municipal de Bolívar a los fines de participar la libertad del referido ciudadano. Remítase en su oportunidad legal las actuaciones a la Fiscalia Primera del Ministerio Público. Y Así se decide.
R E S O L U C I O N
En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta la LIBERTAD PLENA E INMEDIATA al ciudadano: ALBERTO RAFAEL QUINTANA, Venezolano, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 05/12/73 de 31 años de edad, estado civil soltero profesión u oficio, Obrero titular de la cedula de identidad 8.299.952, hijo de los ciudadanos CARMEN VICTORIA QUINTANA (V) Y RAFAEL LOPEZ (V), domiciliado en la Calle Campo alegre, Barrio Camino Nuevo, Casa s/n, como a ocho casas de la Farmacia Freites Estado Anzoátegui. Remítase la presente causa, en su oportunidad legal, a la Fiscalía Primera del Ministerio Público, a los fines que emita el acto conclusivo correspondiente. Líbrese oficio al Instituto Autónomo de Policía Municipal de Bolívar Barcelona Estado Anzoátegui, a los fines de participarle de la libertad del Ciudadano. Cúmplase.-
EL JUEZ DE CONTROL N° 06(DE GUARDIA)
DR. ANWAR ROMHAIN MARIN
LA SECRETARIA DE GUARDIA,
ABG. RAQUEL BOLIVAR
Ale*