REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecucion de Barcelona
Barcelona, 19 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL : BP01-P-1999-001576
ASUNTO : BP01-P-1999-001576
Visto el Oficio N° 468-05 de fecha:7 de marzo del 2005 y recibido por este Tribunal en fecha 27/04/2005, emanado de la Dirección del Internado Judicial de Monagas, donde anexa al mismo Informe para solicitar la Supervisión Especial correspondiente al penado: MARIO ANTONIO LOBO BORRERO, titular de la cédula de identidad N° 6.392.005, este Tribunal observa, que a los folios 359 al 361 de la Pieza N° 03 del Expediente, cursa mandamiento de Exhorto dirigido al Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, donde queda facultado para conocer, decidir, acordar o negar cualquier solicitud o pedimento donde tenga interés manifiesto el penado, concediendo o no las peticiones realizadas incluyendo las solicitudes de cualquier Beneficio previsto en las Leyes; y vista la sentencia No. 307 emanada de la Sala de Casación Penal de fecha 01-092004 con ponencia del Magistrado Alejandro Angulo Fontiveros en donde establece que de acuerdo con el nuevo criterio de la Sala, la audiencia para otorgar las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena debe ser realizada por el Tribunal de Ejecución del lugar donde el penado se encuentre cumpliéndola máxime que el Tribunal exhortado en fecha 03 de diciembre del 2003 otorgó el beneficio de regimen abierto folios 08 al 10 de la cuarta pieza del expediente. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, cuerda remitir el referido informe al Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, a los fines de que se sirva pronunciarse en relación al Beneficio solicitado. Hágase la remisión. Líbrese Oficio. Cúmplase.
EL JUEZ DE EJECUCION N° 02.,

DR. JOSE DELFIN CARRILLO G.




LA SECRETARIA.,

ABOG. JENIFER GOMEZ.