REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, Veinticuatro de Mayo del dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-001643
Vista la solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por el ciudadano RAFAEL ARMANDO GONZÁLEZ GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No 483.437 y de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio Sergio Viñoles, venezolano, mayor de edad e inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 53.980, mediante la cual solicita que tanto el como su hijo ciudadano Armando Rafael González Sillet, quien es venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. 8.229.635, sean declarados Únicos y Universales Herederos de la ciudadana BERTHA ISABEL SILLET RODRÍGUEZ DE GONZÁLEZ, quien fue portadora de la Cédula de Identidad No V- 478.194, fallecida ab-intestato en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar del estado Anzoátegui, en fecha 21 de Marzo del 2.003. Con vistas de los recaudos acompañados, consistentes en: Acta de Defunción de la “de cujus”; Partida de Nacimiento del hijo habido durante el matrimonio y Acta de Matrimonio del solicitante y de difunta esposa, y las declaraciones rendidas por los ciudadanos JESÚS CASTILLO CASTELLANOS y ROSARIO RAMONIS DE CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidades Nros. V- 6.487.231 y 5.484.315 respectivamente, quienes comparecieron por ante este Tribunal en fecha 23 de Mayo del 2.005, manifestando bajo juramento que: Conocen al ciudadano Rafael González de vista, trato y comunicación; Que saben y les consta que la difunta dejó como Únicos y Universales Herederos a su esposo e hijo ciudadanos Rafael Armando González y Armando Rafael González Sillet; Que saben y les consta que Rafael González estuvo casado con la difunta Bertha Isabel Sillet Rodríguez; Que saben y les consta que la De Cujus, falleció en la ciudad de Barcelona, estado Anzoátegui, el día 21 de Junio del 2.003. Este Tribunal, Declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle al solicitante ciudadano Rafael Armando González, así como a su hijo Armando Rafael González Sillet, antes plenamente identificados, sus condiciones de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la “de cujus”, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.- Entréguense las presentes actuaciones originales a la parte interesada. Así se decide en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
El Juez Temporal.
Henry Agobian Viettri
La Secretaria,
Jorgymar Pumar S.