REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-V-2005-000136

La presente Causa se contrae a la demanda de RESOLUCIÓN DE CONTRATO, intentado por BEATRIZ ABAD DE KURIGA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°.4.222.647,asistida de la abogada BLANCA COVA URBANO, inscrito en el Inpreabogado con el N°.21.616, contra las ciudadanas MILÁNGELA LÓPEZ REBOLLEDO Y PETRA REBOLLEDO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°.8.232.130 y 1.199.690, respectivamente; la cual fue admitida y sustanciada conforme a la Ley, por este Tribunal.
En fecha 09 de Mayo de 2005, comparecieron ante este Tribunal los ciudadanos MILÁNGELA LÓPEZ REBOLLEDO Y PETRA REBOLLEDO, antes identificadas; en sus caracteres de Demandadas en la presente causa, asistidas del Abogado JOSÉ SAÚL LÓPEZ PERICANA, inscrito en el Inpreabogado con el N°. 29.795, por una parte y por otra BEATRIZ ABAD DE KURYGA, identificada supra, en su carácter de Demandante en la presente causa, asistida por la abogada BLANCA COVA URBANO, inscrita en el Inpreabogado con el N°.21.616, celebrando Convenimiento y solicitando ambas partes la homologación del mismo y en este sentido, este Tribunal, visto el Convenimiento, suscrito entre las partes lo HOMOLOGA en los términos que no sean contrarios o disposiciones expresas de la Ley. Así se decide.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,




DR. FÉLIX MILLÁN ARCIA
LA SECRETARIA,





DRA. MIRLA MATA ROJAS