REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, once de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BP02-S-2005-001677
Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, presentado por los ciudadanos: MERCEDES JOSEFINA SALAZAR ROJAS Vda DE FIGUEROA, LISSETTE DEL VALLE, ANGELA CARLOS DEL COROMOTO, MERCEDES JOSEFINA, DAMIANA DEL AMPARO Y CARLOS JAVIER, FIGUEROA SALAZAR venezolanos , mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N° 254.754,4.904.196,1.198.165, 3.168.051, 3.954.001 y 3.954.002 respectivamente, asistidos por el abogado FELIX GOMEX LAREZ inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.650, mediante el cual solicitan sean declarados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ANGEL FIGUEROA RODRIGUEZ, quien falleció ab- intestato en la ciudad de Barcelona, Municipio Bolívar, el 04 de Abril del año 2003 en la Ciudad de Barcelona del Estado Anzoátegui.- Este Tribunal vistos los recaudos acompañados y las declaraciones de las ciudadanas ANNY CARDONA DE REQUENA y ORIANNA DE LOS ANGELES LEDEZMA, identificadas en autos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las anteriores actuaciones suficientes y bastantes para asegurarles su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus ANGEL FIGUEROA RODRIGUEZ, dejándose en todo caso a salvo los derechos de terceros.- Devuélvase original a los solicitantes y déjese nota en el Libro Diario llevado por este Tribunal durante el presente año.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
DR. FELIX MILLAN ARCIA.
LA SECRETARIA,
ABG. MIRLA MATA ROJAS.