REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BH05-T-2002-000008
Visto el Convenimiento suscrito en fecha 27 de Abril de 2.005, entre el ciudadano JESUS REYES, en su carácter de parte demandante, asistido por la Abogada RAYNETH OLEAGA HERNANDEZ; y los ciudadanos GEORGE MANUEL GOATACHE AGUACHE Y MARIANO EMILIO ZACARIAS ROJAS, en su carácter de parte demandada, asistidos por el Abogado JORGE ZACARIAS, en el presente juicio de ACCIDENTE DE TRÁNSITO, la cual corre inserta al folio Nos. 103 del Cuaderno Principal, el Tribunal por cuanto dicho CONVENIMIENTO no es contrario a derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones suscrito por ellos, y se ordena expedir copias certificadas solicitadas, Así se decide .-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL.,
Dr. FELIX MILLAN ARCIA. LA SECRETARIA.,
ABG. MIRLA MATA ROJAS
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