REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRÁNSITO
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-001453
Vista la anterior solicitud de Título de Únicos y Universales Herederos y los anexos que le acompañan, presentada por la ciudadana MARIZOL DEL CARMEN CARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.187.182, debidamente asistido por los abogados en ejercicio LUIS ALFONZO DIAZ VICENTE y LUIS SARRAMEDA LARA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 97.882 y 100.758, mediante la cual solicita que sean declarados, tanto ella como sus hijos, ROSA MARGARITA CARIAS, HECTOR RAMON CARIAS, MARIA DEL SOCORRO CARIAS, HENRY JOSE CARIAS, RAMON ANTONIO CARIAS, MARISOL DEL CARMEN CARIAS, CARMEN DOLORES CARIAS, LUZ DEL VALLE CARIAS y JUAN RAFAEL CARIAS Únicos y Universales Herederos del ciudadano PEDRO ROBERTO CARIAS, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 457.133, fallecido Ab-intestato el día once (11) de septiembre de Dos Mil Uno (2.001), en la ciudad de Puerto la Cruz, Municipio Guanta Estado Anzoátegui.-
Este Tribunal, vistos los recaudos acompañados a la solicitud y las declaraciones de los testigos, ciudadanos JOEL JOSE HERNANDEZ PEREZ y ULICE JOSE LOZADA HERNANDEZ, plenamente identificados en sus declaraciones hechas por antes este Juzgado en fecha 05 de Mayo de 2.005, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones bastantes y suficientes para asegurarle su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus” PEDRO ROBERTO CARIAS, a los ciudadanos MARIZOL DEL CARMEN CARIAS, ROSA MARGARITA CARIAS, HECTOR RAMON CARIAS, MARIA DEL SOCORRO CARIAS, HENRY JOSE CARIAS, RAMON ANTONIO CARIAS, MARISOL DEL CARMEN CARIAS, CARMEN DOLORES CARIAS, LUZ DEL VALLE CARIAS y JUAN RAFAEL CARIAS en sus condiciones de esposa e hijos del “de cujus” antes mencionado, quedando en todo caso a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros.- Devuélvanse estas actuaciones originales al interesado y déjese nota en el Libro Diario que lleva este Tribunal.- Así se decide.-
El Juez Temporal.,
Abg. Luis Alberto Rivas Silva.- La Secretaria Acc.-
Abg. Berley Rondon Villa.-
LARS/kgs