Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintitrés de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-V-2005-000540
Por cuanto de la revisión de las actas procesales que conforman el presente expediente, se observa: que mediante auto de fecha 12 de Mayo del corriente año, este Tribunal admitió la presente demanda por DAÑO Y PERJUICIO, intentada por las ciudadanas CARMEN LUISA RIVAS y ESPAÑA JOSEFINA SERRITIELLO MARTINEZ, en su caracteres de Director-Gerente y Gerente, de la Sociedades Mercantiles, AUTOLOVADO CARIBE, C.A y ÑA JOSEFINA, C.A, debidamente asistida por la abogada en ejercicio JOSIBEL DEL VALLE REYES RODRIGUEZ, en contra del ciudadano PEDRO LUIS ISTURDE SOTO y BANCO MERCANTIL S.A.C.A, Banco Universal, y siendo que por error involuntario no imputable a la parte actora, se admitió la presente demanda sin haber consignado los originales en los cuales se fundamenta la misma, el Tribunal en aras de una correcta y sana administración de justicia que garantice el debido proceso contemplado en nuestra Carta Magna, ordena la REPOSICION de la presente causa al estado admisión de dicha demanda -.-
El Juez Temporal.,
Dr. Luis Alberto Rivas Silva.-
La Secretaria acc.,
Berley Rondón Villa.-
LARS/kgs
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