REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, diez de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-000697
Vista la solicitud presentada por los ciudadana: ROSA AMERICA PETI TRIAZ Y FREDDY JOSE TRIAZ, venezolanos, mayores de edad, y de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros: 4.904.217, y 5.466.573, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de domicilio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la calle Droz Blanco, sector José Félix Rivas, de San José de Guanipa, sobre un lote de terreno Municipal, que mide 613.25 mts2, alinderadas de la siguiente manera: NORTE. Calle Droz Blanco; SUR: Casa y patio que es o fue de Mary Figueroa;. ESTE: Casa que es o fue de Alida Suberoy Yonerkis Bucarito: OESTE: Casa que es o fue de Teresa de Evariste Dichas bienhechurias consisten en una casa de cuatro habitaciones, dos baños, una cocina, sala de recibo, piso de cerámica, techo de acerolit, bloque frizado.-. El valor invertido es la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 10.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937, del Código de Procedimiento Civil, y dejándose a salvo los derechos de terceras personas pueden tener a prueba la mencionada justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejercen los ciudadanos ROSA MAERICA PETI DE TRIAZ Y FREDDY JOSE TRIAZ, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto devuélvanse las actuaciones a la interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.-



Constante de ocho (8) folios útiles se devuelven originales a la interesada.-
LA SECRETARIA

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.-