REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, doce de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-001300
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: MARIA DEL CARMEN EDREIRA venezolana, mayor de edad, y de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 9.909.290, asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de domicilio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la quinta calle Norte, entre la quinta y sexta carrera norte de El Tigre, en un terreno propiedad de la Municipalidad , que mide ciento treinta y dos metros cuadrados (132mts2 ), alinderadas de la siguiente manera: NORTE.: Con bienhechurias que es o fue de la ciudadana Asunción Guzmán;; SUR Con casa que es o fue del ciudadano Rafael Espinoza Ordaz; ESTE : Con la quinta calle norte que es su frente ; y OESTE : Con casa que es o fue de la ciudadana Josefina Leno Guillen.- Dichas bienhechurias consisten en dos locales comerciales y un Twon House , el cual consta de de tres habitaciones, una sala de comedor, una cocina empotrada, dos salas de baños, un lavadero y un porche.- El valor invertido es la cantidad de CIEN MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 100.000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937, del Código de Procedimiento Civil, y dejándose a salvo los derechos de terceras personas pueden tener a prueba la mencionada justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejerce la ciudadana: MARIA DEL CARMEN EDREIRA, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto devuélvanse las actuaciones a la interesada.-
LA JUEZ TEMPORAL

ABOG. ELAINA GAMARDO LEDEZMA
LA SECRETARIA

ABOG. MARIANELA QUIJADA ESTABA.-




Constante de seis folios útiles se devuelven originales a la interesada.-
LA SECRETARIA

ABOG. MARIANELA QUIJADA ESTABA.-