REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, veinticuatro de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BH11-M-2004-000036
Visto el escrito que antecede de fecha 18 de Mayo del año en curso, presentado por los ciudadanos LUCIA MARBELIS ROCA GIL y HUGO MARCANO FREITES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.911.926 y 3.852.490, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio LUCIA MARBELIS ROCA GIL, antes identificada, parte demandada en el presente juicio; y el Abogado EDGAR HERNANDEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 61.226, en su condición de co-apoderado de la parte actora, BANCO MERCANTIL, C.A. (BANCO UNIVERSAL) mediante el cual la demandada da cumplimiento a la cancelación de su obligación adeudada a la parte actora, quien esta a su vez declaró su satisfacción a la cancelación por los conceptos adeudados con motivo del presente juicio.- En consecuencia, por cuanto el acuerdo de Finiquito de cancelación sin reservas de ningún tipo, suscrito entre las partes, no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, éste Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su APROBACION, en los mismos términos y condiciones establecidos por las partes.- A tal efecto, se da por terminado la presente causa y se ordena el archivo del expediente, conforme lo han solicitado ambas partes.- Así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL.,

Abog. ELAINA GAMARDO LEDEZMA.
LA SECRETARIA,

Abog. MARIANELA QUIJADA ESTABA.