REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRÁNSITO Y TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, cinco de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP12-S-2005-000711
Vista la solicitud presentada por la ciudadana: JOSE MANUEL MARTIN PLASENCIA Y MARIA JOSEFA SUERO DE MARTIN, venezolanos, mayores de edad, comerciantes, casados, y de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº 1.894.393 y 6.140.892, procediendo en su carácter de Presidente y suplente de la empresa HERMANOS MARTIN, C.A. asistido de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de domicilio sobre unas bienhechurias que fomentó a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en el cruce de la avenida seis y calle Ayacuchote esta ciudad de El Tigre, sobre un lote de terreno de su propiedad, que mide QUINCE METROS CON OCHENTA CENTIMETROS DE FRENTE POR TREINTA Y TRES METROS DE FONDO ),alinderadas de la siguiente manera: NORTE. Con inmueble que es o fue de Pedro Rasse ; SUR: Con la denominada avenida seis que es su frente; ESTE: Inmueble que es o fue de Lorenzo Romero; y OESTE: Con la calle Ayacucho.- Dichas bienhechurias consisten en una casa de piso de cemento, paredes de bloques, techo de zinc, cercada de paredes de bloques.-. El valor invertido es la cantidad de OCHENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 80..000.000,oo) y teniéndose presente las declaraciones de los testigos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937, del Código de Procedimiento Civil, y dejándose a salvo los derechos de terceras personas pueden tener a prueba la mencionada justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO sobre la propiedad que ejercen los ciudadanos JOSE MANUEL MARTIN PLASENCIA Y MARIA JOSEFA SUBERO DE MARTIN, ya identificada en las bienhechurias antes descritas en el presente decreto devuélvanse las actuaciones a la interesada.-
La Juez Temporal

Abg. Elaina Gamardo Ledezma
La secretaria

Marianela Quijada Estaba.-

Constante de seis (06) folios útiles se devuelven originales a la interesada.-
La secretaria

Marianela Quijada Estaba.-