Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, trece de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BH12-F-2003-000010

Visto el escrito de promoción de pruebas promovidas por la abogada JUANA RIVAS, actuando como apoderada judicial de la ciudadana JUANITA SANCHEZ DE ZAMORA, el Tribunal niega su admisión por impertinentes, en razón de que las mismas contienen una petición inquisitiva y no hay hechos concretos que se quieran probar, ya que le presente asunto se trata de un juicio de divorcio y no de un juicio de partición de comunidad conyugal.-
Esta decisión se dicta Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ


LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ