Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de El Tigre.
El Tigre, treinta y uno de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO : BP12-S-2005-000650

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: AGUASANTA ALEXANDER DE VELASQUEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.497.885, de este domicilio, y vistas asimismo, las declaraciones rendidas por los ciudadanos: MARIA DEL VALLE ROSAS y AMANTINA DE JESUS GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 48.455.340 y 3.731.684, respectivamente, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las declara TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE, para asegurar los derechos aducidos por la postulante en la solicitud que corre por cabeza de las mismas y así se decide.-
LA JUEZ TEMPORAL,

Abg. ANA MARIA DEL CIOPPO PEREZ


LA SECRETARIA,

LAURA PARDO DE VELASQUEZ


Evacuadas como han sido las presentes actuaciones, se acuerda su devolución previa su certificación en los autos.-

LA SECRETARIA,