REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR

Visto el anterior Desistimiento, suscrito por la parte demandante, en fecha 11 del presente mes y año, en el juicio por DESALOJO, incoado por PIO PASCUALLE DELLO-IACONO contra TERESITA RAMIREZ CANDIA, el Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho Desistimiento en los términos y condiciones en que fue suscrito por ellos de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Asimismo se ordena la devolución de los originales anexos al escrito libelar previa su certificación en autos.-.
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Dra. CARMEN DIAGNORA PERFECTO.-

LA SECRETARIA ACC,


Dra. MARILYS GUZMAN SOLORZANO.-


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-
La Secretaria.-