REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO SIMON BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo del Municipio Simon Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diecisiete de junio de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BN02-X-2004-000046
Vista la tercería propuesta por los ciudadanos Juan Monasterios Barrios y Renzo Andrés Hernández González, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N°s 8.339.527 y 8.342,132, respectivamente, contra la Distribuidora San Remo II, C. A., el Tribunal al respecto observa:
De las actas que conforman el presente expediente se desprende, que la tercería propuesta por los ciudadanos Juan Monasterios Barrios y Renzo Andrés Hernández González, fue estimada en la cantidad de diez millones de bolívares (Bs. 10.000.000°°), monto este que excede la competencia de este Tribunal, en virtud de ello y a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado, por sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, de fecha 12 de mayo de 2005, este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara incompetente para conocer de la presente causa en razón de la cuantía; en consecuencia declina la competencia y ordena remitir el presente expediente al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial.- Asimismo, se ordena separar físicamente la demanda de tercería signada con la nomenclatura BN02-X-2004-000046 del asunto principal signado con el número BP02-M-2003-000102, a los fines de dar cumplimiento a lo ordenado en esta causa.-Líbrese oficio.
El Juez Temporal,
Abg. Jesús Gutiérrez
La Secretaria,
Abg. Carmen Calma
NOTA: En esta misma fecha, se separó cuaderno separado N° BN02-X-2004-000046, constante de 41 folios y se remitió con oficio N° 308-2005, al Juez de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial.-
La Secretaria,
Abg. Carmen Calma