REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal de Control Sección Adolescentes de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa
El Tigre, 4 de Mayo de 2005
195º y 146º

ASUNTO PRINCIPAL: BP11-D-2005-000059
ASUNTO: BP11-D-2005-000059
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA
SOBRESEIMIENTO: DEFINITIVO
JUICIO: PENAL.
DELITO: HOMICIDIO
IMPUTADO: OMITIDO
VICTIMA: ARGENIS JOSE ACOSTA


La presente causa penal se inicio en fecha 20-08-2003, por ante la Fiscalia Décimo Octava del Ministerio Publico, en virtud de las actuaciones emanadas del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas de las cuales se evidencia la presunta comisión del delito de Contra las Personas (HOMICIDIO), perseguible de oficio, motivo por el cual la citada Fiscalia, acordó el inicio de la investigación.

En los folios 03 al 08, cursa escrito donde la Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Publico, solicita el Sobreseimiento Definitivo, a favor del adolescente OMITIDO, de conformidad con lo establecido en el articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, toda vez que resulta evidente la falta de una condición necesaria para imponer la sanción por cuanto el hecho no puede atribuírsele al imputado.

Al folio 09, cursa Inicio de la Investigación, por parte de la Fiscalia Décima Octava del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.

Al folio 10, cursa Trascripción de Novedad, suscrito por el funcionario de guardia del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación El Tigre.

Al folio 11, cursa Acta Policial, suscrita por el funcionario Rafael Barreto, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación El Tigre.

Al folio 12, cursa Inspección Ocular, practicada por los funcionarios Rafael Barreto y Francisco Sánchez, adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación El Tigre.


Al folio 13, cursa Inspección Ocular, practicada por los funcionarios Rafael Barreto y Henry Querecuto, adscritos al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación El Tigre.


En los folios 14 y 15, cursa Declaración rendida por la ciudadana Marbella del Valle Carrero Gálvez, ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas y Criminalísticas, Seccional El Tigre.

Al folio 16, cursa Declaración rendida por el ciudadano Pedro José Amario Maradey, ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas y Criminalísticas, Seccional El Tigre.

En los folios 17 y 18, cursa Declaración rendida por la ciudadana Maria Eugenia Suárez, ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas y Criminalísticas, Seccional El Tigre.

Al folio 19, cursa Acta Procesal suscrita por el funcionario Sergio Miguel Galiano, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación El Tigre.

En los folios 20 y 21, cursa Declaración rendida por el ciudadano Acosta Víctor Rafael, ante el Cuerpo de Investigaciones, Científicas y Criminalísticas, Seccional El Tigre.

Al folio 22, cursa Acta Policial, suscrita por el funcionario Rafael Barreto, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación El Tigre.

Al folio 23, cursa Declaración rendida por el ciudadano Ricardo Antonio Bellorín Guzmán, ante la Fiscalia Décimo Octavo del Ministerio Publico.

En los folios 24 al 26 cursa Formulario de Registro de Muerte del ciudadano Argenis José Acosta, emanado de la División General de Medicina Legal del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas.

Al folio 27, cursa Experticia de Reconocimiento Técnico Legal, suscrita por el funcionario Marile García, adscrito al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación El Tigre.


Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control interpuesta por la Abogada ELENA VELASQUEZ FUENTES, Fiscal Décimo Octava del Ministerio Público a favor del Adolescente OMITIDO conforme al artículo 561 literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el numeral 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a quien se le imputaba la comisión del delito Homicidio Intencional, y a quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito ut supra calificado, ya que de las investigaciones practicadas no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona, y menos al referido imputado de autos.

Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento definitivo de la parte fiscal a favor del adolescente OMITIDO, fundamentada en el artículo 561 literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el numeral 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Así se decide.

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio en Funciones de Control de Responsabilidad Penal de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui Circuito Judicial Penal de El Tigre, administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa a favor del adolescente OMITIDO, de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “d” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el numeral 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal aplicable por remisión el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.
La Juez de Control



Abg. Adriana Mata Aguilera
El Secretario


Abg. Jesús Figueroa Salazar