REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, veintiséis de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-L-2005-000146
PARTE ACTORA: DARWIN CORTEZ, titular de la cédula de identidad No. 13.686.178.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: La Procuradora Especial del Trabajo, SUSA COVA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 83.459.
EMPRESA DEMANDADA: TALLER LANDOLFO, C.A.
ABOGADOS DE LAS DEMANDADAS: ANGEL EDUARDO GARCIA CLAVIER, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 62.596.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy veintiséis (26) de mayo de dos mil cinco, siendo las nueve y treinta (09:30) a.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció, a la realización de la Audiencia Preliminar, haciendo acto de presencia el abogado ANGEL EDUARDO GARCIA CLAVIER, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 62.596, en su condición de Apoderado Judicial de la demandada TALLER LANDOLFO, C.A., según consta en instrumento poder que consigna y el cual cursa a los autos. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
El Juez Temporal
Abg. Sergio Millan Charles
La Secretaria
Abg. Romina Vacca
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado siendo las 10:00 a.m. Conste.
La Secretaria
Abg. Romina Vacca
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