ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2004-001129
PARTE ACTORA: Ismael José Alvarado Angulo
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LUISA MACUARE L y ZURYLMA DIAZ.
PARTE DEMANDADA: PROAGRO COMPAÑIA ANONIMA
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: PROAGRO COMPAÑIA ANONIMA
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy dieciocho de mayo de dos mil cinco, siendo las 2:30 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, que por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES, incoare el ciudadano ISMAEL JOSE ALVARADO ANGULO, en contra de la sociedad mercantil PROAGRO COMPAÑÍA ANONIMA, se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, aún cuando el ciudadano alguacil procedió a realizar el llamado de ley a las partes involucradas en la presente causa, solo compareciendo la representación judicial de la demandada, abogado en ejercicio TOMAS IGNACIO HERNANDEZ BELLO, INPREABOGADO Nº 58.677, según se evidencia de instrumento Poder autenticado por ante la Notaría Pública de Guacara Estado Carabobo, en fecha 25-01-05, anotado bajo el Nº 25, Tomo 12, de los libros llevados por esa oficina, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE y DEJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISION. Años 146 ° y 195 °.
La Juez

Abg. María José Carrión G.
La Secretaria


Abg. Maria Carmona Ainaga.


El Compareciente:

Seguidamente y en esta misma fecha se publico la anterior decisión, siendo las 2:42, p.m., se dio cumplimiento a lo ordenado. Conste:

La Secretaria,