ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: BP02-L-2004-000890
PARTE ACTORA: RICHARD JOSE SANDOVAL
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: ANIBAL BRITO HERNANDEZ
PARTE DEMANDADA: CONSTRUCTORA HERMANOS FURNALETTO C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JOHANNA RINCONES DI ROCCO y GERARDO SOTO DIAZ.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, veinticuatro (24) de mayo de 2005 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos RICHARD JOSE SANDOVAL y CONSTRUCTORA HERMANOS FURNALETTO C.A. en su condición de parte actora y demandada, respectivamente, debidamente representados el primero el Abogado en ejercicio ANIBAL BRITO HERNANDEZ, INPREABOGADO Nº 21.038, según se evidencia de instrumento Poder cursante a los folios 07 y 08, debidamente autenticado por ante la Notaría Publica Tercera de Puerto La Cruz, en fecha 04-06-04, anotado bajo el Nº 76, Tomo 42, de los libros llevado por esa oficina, y la segunda representada por la Abogado en ejercicio JOHANNA RINCONES DI ROCCO, INPREABOGADO No. 66.548, según se evidencia de instrumento Poder autenticado por ante la Notaría Pública de Barcelona en fecha 10-10-03, anotado bajo el Nº 61, Tomo 126, de los libros llevados por esa oficina, por dándose así inicio a la audiencia, quienes han llegado al siguiente acuerdo: En este acto la parte demandada ofrece al actor, la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE BOLIVARES (Bs.50.000.000,00), pagaderos en dos cuotas de VEINTICINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.25.000.000,00), cada una, cancelando una primera cuota en fecha 27-06-05, y una segunda y ultiman cuota en fecha 29-07-05, mediante cheque a nombre del ex trabajador, con este pago se esta cancelando todos los conceptos derivadas de la presente demandada, en este acto la representación judicial del actor acepta en toda y cada una de sus partes el ofrecimiento realizado por la demandada.
Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de la Cosa Juzgada.
El Tribunal se abstiene de ordenar el archivo del presente expediente, hasta tanto conste en autos el último de los pagos ofrecidos.
En este acto el Tribunal hace entrega de las pruebas promovidas al inicio de la audiencia.
La Juez
Abg. María José Carrión G.
La Secretaria
Abg. María Carmona Ainaga.
Los Presentes
MJCG/MC.-
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