REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, nueve de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-L-2004-001326
Visto el escrito presentado en fecha cinco (05) de mayo de dos mil cinco (2005), presentado por el abogado FERNANDO VALERO BORRÁS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 82.987, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano LUIS ORFILA CENTENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.340.145, contentivo de juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES; visto el desistimiento hecho por la parte actora hasta que entre en vigencia la nueva Ley Orgánica del Trabajo, percatando que el mismo no vulnera y esta ajustado a Derecho y habiendo solicitado la parte actora que se homologue dicho desistimiento y se ordene el archivo del expediente; este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el referido juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, otorgándole el carácter de cosa Juzgada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 9 y 10 de su Reglamento y 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y así se decide. De igual manera da por terminado el presente procedimiento y ordena el archivo judicial del expediente. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Dada, firmada, sellada y refrendada, a los nueve (09) días del mes de mayo de dos mil cinco (2005), y así se decide.-
El Juez,
Abg. Martín Sucre
La Secretaria,
Abg. María Carmona
MSL/MC/dno