REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, doce de mayo de dos mil cinco
195º y 146º

ASUNTO: BP02-R-2003-000202
Visto el escrito presentado por la ciudadana ROSALBA BENET, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.234.050, parte actora, asistida por el abogado ALFREDO CABRERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 63.442, por una parte y por la otra el ciudadano JOSE TREMUL COSTAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.907.167, en su condición de Director Gerente de la sociedad mercantil demandada SUMECON, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción judicial del Estado Anzoátegui, bajo el N° 9, Tomo A-46, de fecha 09 de junio de 1993; asistido por el abogado SAMUEL RAMÍREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 19.962, mediante la cual solicitan la Homologación de la Transacción suscrita entre las partes, inserta a los folios ciento veintidós (122) al ciento veinticuatro (124) del presente expediente. Este Tribunal, al evidenciar que el representante de la empresa demandada, tiene facultad expresa para transigir, tal como consta al folio 53 del presente expediente, por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho y la transacción no versa sobre materias en las cuales este prohibida, le imparte su homologación en toda y cada una de sus partes, conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del Artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el parágrafo Único del Artículo 3 de la Ley del Trabajo y el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dándole carácter de cosa Juzgada. Se ordena el archivo del presente expediente. Publíquese. Regístrese. Guárdese copia certificada de la presente homologación. Cúmplase.
La Juez Temporal,

Abg. Carmen Cecilia Fleming
La Secretaria,

Abg. Lourdes C. Romero H.

En esta misma fecha, siendo las 12:05 pm, se publicó la anterior decisión y se dió cumplimiento a lo ordenado. Conste.
La Secretaria,

Abg. Lourdes C. Romero H.