REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero Transitorio Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, dos de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-R-2005-000243
PARTE APELANTE: LUIS BELTRAN MAGO SALAZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.623.841
MOTIVO: RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO CONTRA LA DECISION DICTADA POR EL JUZGADO PRIMERO TRANSITORIO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI EN FECHA 22 DE FEBRERO DE 2005. OIDO EN AMBOS EFECTOS EN FECHA 10 DE MARZO DE 2005.
En el día hábil de hoy, dos (02) de mayo de 2005, siendo las 2:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia de parte en la presente causa, se encuentran presentes la Juez Temporal, la Secretaria del Tribunal y el Alguacil designado, dejándose constancia de la incomparecencia de la parte apelante, ni por si ni por medio de apoderado. Seguidamente, la ciudadana Juez Temporal de este Tribunal, al evidenciar la anterior circunstancia, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte demandante contra la sentencia dictada por el Tribunal Primero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 22 de Febrero de 2005, la cual queda CONFIRMADA. Igualmente se deja constancia, que la presente Audiencia se reprodujo en forma audiovisual de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, con una cámara marca SONY, serial No. 441463, manipulada por el Técnico Audiovisual adscrito a la Coordinación Judicial de esta Circunscripción ciudadano JESUS GUEVARA, titular de la cédula de identidad No. 11.904.682. Se ordena agregar a los autos la video grabación de la presente audiencia, así como el control de audiencias correspondientes a este Tribunal Superior. Se acuerda la publicación de la presente acta. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Temporal,
Abg. Carmen Cecilia Fleming H.
La Secretaria,
Abg. Lourdes C. Romero H.
El Alguacil,
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