REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, diez de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO : BH06-X-2005-000102

Admitida la demanda de OBLIGACION ALIMENTARIA, propuesta por la ciudadana RUMARLIS DE LOS ANGELES PEFECTO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.213.033, domiciliada en la calle el recreo, casa N° 25, Barrio Campo Claro, Barcelona, Municipio Bolívar del Estado Anzoátegui, asistida por la Abogada en ejercicio MARIA GABRIELA APONTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 110.452, actuando en representación de su hija VALENTINA MICHEL PEREZ PERFECTO, de cinco (05) años actualmente, en contra del ciudadano JOSE RAFAEL PEREZ FREITES, de conformidad con los Artículos 512 y 521 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se abre el presente cuaderno de medidas, el cual formará parte del expediente Nº. BP02-V-2005-000547. En consecuencia, Decreta Medidas de Embargo Provisionales: PRIMERO: Embargo del Treinta por ciento (30%) mensual del sueldo integral neto que devenga el ciudadano JOSE RAFAEL PEREZ FREITES, Venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad N° 8.276.987, las cuales deberán ser remitidos en cheque a nombre de este Tribunal, los primeros cinco días de cada mes, así que informe a este Tribunal a la mayor brevedad posible el Salario Integral devengado por el antes mencionado ciudadano, con indicación de sus asignaciones y deducciones.- SEGUNDO: Retención de Treinta y seis (36) MENSUALIDADES FUTURAS, a razón del treinta por ciento (30%) del Salario neto integral que devenga mensualmente el antes mencionado ciudadano, las cuales serán descontadas de las PRESTACIONES SOCIALES, que ha de percibir el obligado en caso de retiro, despido o cancelación de contrato, y deberán ser remitidas en cheque a nombre de este Tribunal en su debida oportunidad. Ofíciese lo conducente al Departamento de Recursos Humanos del Fondo Nacional de Transporte Urbano (FONTUR), ubicado en la Avenida Intercomunal, en las Instalaciones de MINFRA, frente a Meditotal, sector las garzas, Barcelona, Estado Anzoátegui. Librese Oficio.-
LA JUEZ UNIPERSONAL N° 02

DRA. ANA JACINTA DURAN


LA SECRETARIA


ABOG. MELISSA AZOCAR


AJD/CA