REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Sección de Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui
Barcelona, trece de mayo de dos mil cinco
195º y 146º
ASUNTO: BP02-S-2005-001383.
Revisado como ha sido el presente expediente contentivo de la solicitud de DISPOSICION DE BIENES, a favor de los niños OMAR GABRIEL y DANIEL ALEJANDRO "CHACON BELLO", identificados en autos, y por cuanto de la revisión realizado por este Tribunal en el sistema automatizado Juris2000, con el cual cuenta este Juzgado se pudo evidenciar que cursa solicitud de Disposición de Bienes, propuesta por la ciudadana Fiscal Decimotercero del Ministerio Público, a favor de la adolescente y niños Osmary del Valle, Omar Gabriel y Daniel Alejandro “Chacón Bello”, de dieciséis (16), diez (10) y cuatro (04) años de edad, respectivamente, por ante la Sala de Juicio N°.01, del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de ésta Circunscripción Judicial siendo los mismos niños los beneficiarios y ambas tienen la misma pretensión, la cual esta signada bajo el N°. BP02-S-2004-000785; en consecuencia éste Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Anzoátegui, Sala de Juicio N°. 02, ORDENA remitir el original del presente expediente al mencionado Tribunal para su respectiva acumulación, constante de veintiséis (26) folios útiles y un cheque signado con el N°. 79011793, por la cantidad de OCHO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON DOS CENTIMOS (Bs.8.791.928,02) contra el Banco de "Mi Casa", por concepto del Montepío otorgado por la Caja de Ahorros de Eleoriente por la muerte del ciudadano Omar Chacón padre de los referidos niños. Líbrese Oficio.
LA JUEZ PROVISORIO UNIPERSONAL N°.02.

DRA. ANA JAICNTA DURAN.

LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.

En la misma fecha del auto anterior se dio cumplimiento a todo lo ordenado en él.


LA SECRETARIA.

ABOG. FARAH MELISSA AZOCAR.



AJD /ZG